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Tributación de la actividad de farmacia realizada a través de una sociedad civil

Comentario Farma 1-2016

Hasta la aprobación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (la LIS), los titulares de la actividad de farmacia que actuaban como sociedades civiles tributaban como contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (el IRPF) a través del régimen de atribución de rentas.  No obstante, la citada Ley 27/2014, en su artículo 7, apartado 1, letra a), incorporó como contribuyentes del tributo a las sociedades civiles que tienen objeto mercantil.