El Ayuntamiento de Madrid acuerda la suspensión de licencias como consecuencia de la tramitación de la modificación del PGOU para la protección y mejora del uso residencial
El consistorio ha aprobado inicialmente la modificación del PGOU, con una nueva normativa que busca actualizar y mejorar el uso residencial en el centro histórico, facilitando la convivencia y el desarrollo de actividades económicas.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid ha aprobado inicialmente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid, con el objetivo de proteger y mejorar el uso residencial en el centro histórico. Este acuerdo, aprobado en su sesión del 12 de diciembre de 2024, ha sido publicado en el BOCM núm. 5, de 7 de enero de 2025.
Con dicha publicación se ha iniciado un periodo de información pública por plazo de un mes (hasta el 7 de febrero de 2025), durante el que cualquier interesado podrá examinar el expediente y formular alegaciones.
La modificación del PGOU tiene como finalidad actualizar la normativa urbanística para garantizar el correcto desarrollo del uso residencial en el centro de la ciudad de Madrid, así como la coexistencia de la población residente habitual y el resto de las personas trabajadoras y usuarias de las actividades allí localizadas.
Por tanto, con esta propuesta el ayuntamiento pretende, por un lado, impulsar el desarrollo y fomento del uso residencial (por ejemplo, facilitando la transformación de edificios actualmente terciarios –oficinas, comercial, hospedaje– o dotacionales obsoletos en uso residencial); y, por otro lado, ordenar el ejercicio de la actividad terciaria de hospedaje para garantizar su compatibilidad y coexistencia con el uso residencial.
Estas medidas están enfocadas esencialmente en el centro de la ciudad (delimitado por el APE 00.01 “Centro Histórico”), pero se extenderán también a otros ámbitos del municipio, como por ejemplo los ejes terciarios.
Cabe destacar que, mediante el acuerdo publicado en el BOCM, se ha decretado también la suspensión de la tramitación de licencias urbanísticas y los efectos de las declaraciones responsables (salvo las de primera ocupación y funcionamiento). Esta suspensión tendrá una duración de un año (hasta el 7 de enero de 2026) y sustituye a la suspensión vigente hasta este momento, que había sido acordada por el Ayuntamiento de Madrid mediante acuerdo de 25 de abril de 2024, publicado en el BOCM núm. 99, de 26 de abril de 2024.
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